PROGRAMA DE AYUDAS AL ALQUILER DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA POR COVID-19

14 Jul 2020 | Servicios Sociales, Urbanismo, Varios Covid19

Ayudas al alquiler de vivienda habitual para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19, cuyas bases reguladoras de concesión han sido aprobadas por Orden de 8 de junio de 2020.

Concesión de ayudas al alquiler a las personas arrendatarias de vivienda habitual que, como consecuencia del impacto económico y social del COVID-19, tengan problemas transitorios para atender el pago total o parcial de:

1. El alquiler de su vivienda habitual.

2. En su caso, la devolución de aquellas ayudas transitorias de financiación que hayan solicitado para hacer frente al pago de la renta de su vivienda habitual, reguladas en el art. 9 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

Beneficiarios: Personas arrendatarias de vivienda habitual que acrediten estar en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a consecuencia del COVID-19.

Trámite: Al tratarse de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, se tramitarán en orden cronológico atendiendo a la fecha y hora del registro de entrada del formulario de solicitud.

La solicitud de la ayuda comporta la entrega de varios formularios, recogidos en la convocatoria como anexos:

– Anexo I. Formulario de Solicitud, para recoger los datos básicos con información sobre el solicitante, su unidad familiar y la vivienda objeto de la ayuda.

– Anexo II. Formulario de Documentación, para acreditar los requisitos establecidos. Deberá presentarse en un plazo no superior a 10 días desde la presentación del anexo I.

– Anexo III. Formulario de Justificación, para aportar los documentos que prueban haber aplicado la ayuda concedida al pago de la renta de alquiler. Deberá presentarse antes de un mes desde que finalice la última mensualidad subvencionada.

La forma de presentación:

Por internet

La persona solicitante puede realizar su solicitud en línea, a través de la Ventanilla Electrónica, disponible 24 h/dia. Para ello deberá disponer de certificado digital.

También se pueden hacer presentaciones las 24 horas del día a través del Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía.

Presencialmente

Puede presentar los formularios presencialmente en cualquier registro de los previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si necesita acudir a una oficina de registro de la Junta de Andalucía, debe solicitar una cita por cada servicio o presentación de documentos que vaya a realizar. Para obtener una cita, solicítala a través de la aplicación Cita Previa o llamando al 955 062 627.

Plazo de solicitud: 08/07/2020 – 30/09/2020 (Apartado cuarto de la Orden 29 de junio 2020).

Web: https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/21205/datos-basicos.html

Más información y tramitación:

CENTRO DE SERVICIOS SOCIALES

C/ Pintor Pablo Picasso, 11.

Tlf.: 957 630 160