SE ANUNCIA LA REANUDACIÓN DE LAS VISITAS EN LOS CENTROS RESIDENCIALES DE LOS SERVICIOS SOCIALES EN LA FASE 2

1 Jun 2020 | Información Covid19, Sanidad, Servicios Sociales

El BOJA ha publicado las condiciones en las que deben desarrollarse los encuentros en las residencias cuya provincia haya pasado a la fase 2 de la desescalada del Covid-19, como es el caso de Córdoba. Esta medida que estará vigente hasta el próximo 7 de junio establece lo siguiente:

Primero. Se reanudan las visitas y los paseos en los centros residenciales de personas mayores, de personas con discapacidad, de menores tutelados, de personas con dependencia y de personas con problemas de adicciones, con las siguientes condiciones de carácter general:

a) Los centros residenciales deberán contar con un plan de contingencia para garantizar una respuesta eficaz y segura ante nuevos brotes epidémicos de COVID-19.

b) Las medidas de prevención serán las siguientes:

1.º La distancia física de seguridad de dos metros entre las personas del centro residencial.

2.º La higiene de manos frecuente.

3.º El uso de mascarilla quirúrgica en todas las áreas del centro donde no se pueda mantener la distancia de seguridad por parte del personal y de los usuarios.

c) La vigencia de los protocolos de higiene y limpieza establecidos por el Ministerio de Sanidad, garantizando con ello la utilización correcta de todos los espacios disponibles en los centros residenciales.

d) El centro diseñará un protocolo de visitas en el que contemplarán las distintas fases de transición hacia la nueva normalidad.

Segundo. Condiciones mínimas para la realización de visitas a las personas residentes en centros residenciales de personas mayores, de personas con discapacidad, de menores tutelados, de personas con dependencia y de personas con problemas de adicciones:

a) En los centros residenciales en los que se presenten casos positivos activos por COVID-19 no estarán permitidas las visitas.

b) Las visitas serán planificadas y previamente concertadas, teniendo en cuenta el tamaño del centro.

c) Las visitas deberán realizarse por una única persona en cada ocasión por cada residente, y a ser posible, siempre la misma persona.

d) El tiempo de la visita será limitado a una hora, salvo causa debidamente justificada.

e) El residente y el familiar no deberán manifestar síntomas compatibles con Covid-19, como fiebre, tos u otros que puedan asociarse con dicha enfermedad, así como no haber estado en contacto con algún caso Covid-19 durante los 14 días previos a la visita.

f) El familiar del residente hará una declaración responsable de no presentar síntomas relacionados con la infección Covid-19 en el momento presente ni en los 14 días previos a la visita.

g) La persona visitante realizará higiene de manos al entrar, utilizará mascarilla y procurará la limpieza del calzado, a saber, pediluvio o calzas, asimismo recibirá la información necesaria para minimizar el riesgo de contagio, evitando el contacto físico.

h) El centro habilitará un espacio para el uso de las visitas, en la medida de lo posible, próximo a la puerta de entrada. Si el residente no puede desplazarse a dicho espacio, el centro deberá establecer el flujo de entrada y salida del familiar.

i) Se fomentará poder realizar las visitas en los espacios exteriores del propio centro, si los hubiera, siempre manteniendo las normas de prevención.

j) Si el residente se encuentra en situación de últimos días en la residencia, se permitirá un contacto más estrecho entre residente y familia, para lo que deberá dotarse del material de protección adecuado, siendo éste como mínimo, mascarilla, guantes, bata y protección para los pies.

k) Habrá disponible gel hidroalcohólico durante la visita.

l) Se deberá mantener la ventilación de la sala.

m) Se evitará que residente y visitante compartan objetos, retirándose objetos que no sean imprescindibles.

n) Se procederá a la limpieza del espacio tras la realización de la visita.

o) En el caso de que el familiar no cumpla las medidas de higiene y prevención para acceder al centro, el responsable del mismo podrá denegar el acceso de manera justificada.

p) Se deberán colocar carteles informativos sobre las medidas generales y las normas establecidas en cada espacio.

Puede consultar el resto de la Orden en el archivo adjunto: